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PERITO CALÍGRAFO EN LAS PALMAS: LA FIRMA COMO SELLO PERSONAL, PERICIA CALIGRÁFICA-GRAFOLÓGICA. PERITAJE CALIGRÁFICO FORENSE AUTORÍA FIRMAS EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIAS, PERITO CALÍGRAFO TESTAMENTOS OLÓGRAFOS

El Calígrafo en Las Palmas debe tener en mente que, la firma surge como una marca de identidad personal ligada a la idea de autoría y voluntad. En la Antigüedad (Mesopotamia, Egipto, Roma), la mayoría de las personas no sabía escribir. Por ello, en lugar de firmar se usaban sellos, anillos o marcas personales (sellos cilíndricos, lacres, emblemas). Estos símbolos identificaban al autor y garantizaban autenticidad.

En la Edad Media aparece la firma manuscrita como la conocemos hoy, aunque seguía siendo algo más común el uso de sellos. Firmar era un privilegio de quienes sabían escribir, y por eso la firma se asociaba al estatus, la autoridad y la responsabilidad. Los reyes y nobles usaban firmas complejas como expresión de poder.

Ya en la Edad Moderna y Contemporánea, con la alfabetización generalizada, la firma se convierte en un acto propio y personal de cada individuo, desarrollando cada uno un diseño propio y reconocible, y a la vez difícil de imitar. La firma funciona entonces como una “huella gráfica” de la identidad personal.

LA FIRMA COMO SELLO PERSONAL. SU TRASCENDENCIA JURÍDICA

El Calígrafo especialista en los Juzgados de las Palmas, tiene presente que, la firma no representa solo un medio de identificación, si no también es un acto de voluntad, un manifiesto de consentimiento y reconocimiento.

Cuando una persona firma un documento, declara automáticamente que conoce el contenido y que está de acuerdo con lo que en él se establece. Es decir, asume lo que pone en el mismo y que tiene que ver con él.

Por esto mismo, cualquier firma que plasmemos, ya sea completa con nombre y apellido, simplificada, un garabato incluso, o una rúbrica, puede suponer una responsabilidad y una obligación con respecto a lo que se haya firmado.

Desde el punto de vista jurídico, su trascendencia es muy grande, dado que la firma tiene una función identificativa (permite vincular un documento a una persona en concreto), una función declarativa de voluntad (acredita que esta persona acepta y está de acuerdo con su contenido), y por supuesto, su función principal, que es la probatoria, dado que la presentación de dicho documento sirve siempre como prueba en caso de discrepancias entre partes.

Un documento firmado queda automáticamente vinculado a las personas firmantes en él, y salvo que se demuestre que ha existido un vicio de consentimiento (error, dolo, violencia, intimidación, etc.) y, por supuesto, falsificación (ya sea de la propia firma o del contenido del documento), será una prueba firme y contundente para verificar un hecho o un acto.

Firmar un documento compromete legalmente, por tanto, a la persona o personas firmantes. Genera obligaciones económicas, jurídicas o administrativas. Se firman contratos, reconocimientos de deuda, consentimientos, poderes, etc. (Civil); o pagarés, avales, etc. (Mercantil); o en el campo Administrativo, solicitudes, instancias, declaraciones responsables, recursos, etc.; en lo Laboral nos encontramos firmas en contratos de trabajo, recibos por servicios efectuados, por nóminas, etc. Y por último, en lo Penal, pueden plasmarse en declaraciones, confesiones, atestados, etc.

Todos los días, los juzgados están llenos de documentos objeto de litigios, donde el perito calígrafo verifica las firmas de personas enfrentadas, en las Palmas. Muchos de estos documentos son la base para que un juez pueda decidir y resolver conflictos. En todos ellos, cuando se alega que una persona no firmó, interviene un experto calígrafo en grafística y documentoscopia que asesora al juez mediante un análisis pericial calígrafo en las Palmas de Gran Canaria.

Por tanto, nunca debemos olvidar que la “firma obliga”, y que su trascendencia desde la antigüedad hasta nuestros días para demostrar autorías y procedencias, es enorme.

¿Por qué la firma es un gesto gráfico inconsciente, espontáneo, único y frecuente?

  • La firma es inconsciente porque se genera como un proceso mental de hábitos musculares, que arranca desde la voluntad de firmar hasta la acción física de hacerlo en el soporte correspondiente.

 

  • La firma es espontánea porque es trazada de forma voluntaria, natural y sincera, mediante un movimiento simple y fácil para su autor, al tenerla ya grabada e interiorizada. Esta naturalidad del trazado de la firma permite comprobar una determinada velocidad y un ritmo concreto, dentro de una homogeneidad en todo su contenido.

 

  • La firma es única por su calidad y exclusividad, solo propia de su autor, que permite diferenciarla de otras firmas, y por tanto identifica a la persona que la traza. Esta configuración especial y única permite entresacar las características más relevantes y propias de su creador, imposible de imitar en todos sus aspectos gráficos.

 

  • La firma es frecuente también, dada su constante y repetida ejecución, porque la persona la plasma allá donde sea necesaria su presencia administrativa o jurídica. La firma contiene unas constantes gráficas, unos automatismos, unas singularidades, precisamente por ser repetida por su autor de manera frecuente.
PERITO CALÍGRAFO Y PERITO PROPIEDAD INDUSTRIAL EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIA